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Requisitos para ser investigador

Artículo N.° 12

El personal de investigación del INTEC descrito y definido en el presente reglamento, al momento de involucrarse en un proyecto de investigación, deberá formalizar sus registros profesionales como investigadores.

Tendrán que obtener sus respectivos números ORCID, su número único de investigador (research ID) y presentar la evidencia de haber concluido el curso en línea de ética de investigación, impartido por los Institutos Nacionales de Salud de los Estados Unidos (NIH por sus siglas en el idioma Inglés), o su equivalente.


Artículo N.° 13

La participación del INTEC en actividades de investigación, en lo que respecta a las cuestiones de propiedad intelectual, seguirá los parámetros y las disposiciones contenidos en el Reglamento de Propiedad Intelectual.